Por Mons de Segur
XIII.
SEPARACIÓN DE LA IGLESIA Y DEL ESTADO
GREGORIO XVI
Los
que la piden de buena fe confunden dos ideas: distinción y separación. La Iglesia es distinta del Estado; y este
distinto de aquella; los dos deben unirse
sin confundirse. Tan absurdo en el
querer separar la sociedad religiosa de la sociedad civil como lo es el querer
separar el alma del cuerpo. La Iglesia es una sociedad que emana de Dios, del
mismo modo que el Estado es una sociedad querida por Dios, estas dos sociedades
deben entenderse entre sí para cumplir la voluntad divina, que es la felicidad
temporal y eterna de los hombres. Su
prosperidad y su fuerza dependen de esta unión, como la vida y la fuerza del
hombre dependen de la unión de su alma con su cuerpo. Siempre ha de haber
distinción, pero en la unión, jamás separación, y mucho menos confusión.
Los
hombres somos a la vez miembros de tres sociedades distintas, y pertenecemos
por entero a cada una de ellas; así lo quiere la Divina Providencia. Estas tres
sociedades son: la familia, el Estado, la Iglesia. Yo pertenezco enteramente a
mi familia; soy al mismo tiempo ciudadano de mi patria, y al mismo tiempo soy
cristiano por entero, y miembro de la Iglesia. Tengo deberes como hijo, deberes como ciudadano, deberes como católico.
Estos deberes son distintos; pero están unidos entre sí, y subordinados los
unos a los otros: nunca pueden destruirse mutuamente, porque todos vienen de
Dios; todos son para mí la expresión cierta de lo voluntad de Dios; de Dios,
que me manda igualmente obedecer a mi padre, en el orden de la familia; a mi
soberano, en el orden civil y temporal; al Papa y a los Pastores de la Iglesia,
en la sociedad religiosa y sobrenatural.
¿En
qué consiste una sociedad? En una reunión de individuos unidos entre sí por los
lazos de una obediencia común a todos. Este lazo, esta obediencia a la legítima
autoridad es lo que constituye la sociedad y lo que forma su unidad, a pesar del
gran número de sus miembros. La familia o
la sociedad doméstica es la reunión de individuos unidos entre sí por la sumisión
a la autoridad paterna. El Estado, o la sociedad civil, es la reunión de los
individuos y de las familias unidas entre sí bajo la dependencia de una misma
autoridad pública. La Iglesia, o la sociedad religiosa, es la reunión de los
individuos, familias y Estados sometidos á uno misma autoridad religiosa.
Estas
tres sociedades existen por derecho divino, es decir, por la voluntad formal de
Dios. Dios es quien ha constituido la familia
para criar y educar los hijos; Dios es el autor de las sociedades civiles, cuyo
objeto es la prosperidad temporal de los individuos y de las familias, por el
mutuo concurso de las fuerzas; Dios es quien fundó la Iglesia y le encargó su
santa misión, para enseñar a los individuos, familias y Estado lo que es bueno y
lo que es malo, lo que debe hacerse y lo que debe evitarse, para conocer, amar
y servir a Dios sobre la tierra, y alcanzar por este medio la salvación eterna,
fin supremo de toda existencia humana.
La
familia depende del Estado, por cuanto es claro que el bien particular debe
estar siempre subordinado el bien público; el Estado depende de le Iglesia
porque el bien temporal, sea público, sea particular, debe estar siempre
subordinado al bien espiritual, que es la salvación eterna de las almas. El padre de familia no debe mandar cosa alguna que sea contraria a las
leyes del Estado; y si falta si esta regla, sus hijos no pueden obedecerle
en conciencia. Por la misma razón, el
poder civil nada puede mandar que sea contrario a las leyes y enseñanza de la
Iglesia. Tales actos del poder paterno o del civil serian ilegítimos, y
desde luego nulos de pleno derecho; violarían el orden establecido por Dios, y
para obedecer a Dios en este conflicto de autoridad, preciso es obedecer siempre a la autoridad superior. Esto es la regla
práctica y segura que nos da el Apóstol San Pablo: Omnis anima patestatibus sublimioribus subdita est. (Rom. xiii).
Derivándose la elevación de los
diferentes poderes de su objeto final, y siendo la salvación eterna
evidentemente un fin superior a la prosperidad temporal, claro es, como la luz
del día, que la Iglesia es un poder
mucho mas alto que el del estado, y que éste, por consiguiente, está obligado
por derecho divino a sujetarse el poder de la Iglesia. Sabido es que lo que es de derecho divino es inmutable, y
no puede ser destruido por poder alguno.
Pero se me dirá: “Esto sería la absorción del Estado por la
Iglesia.” Lo mismo que sería la absorción de la familia por el Estado. Es
el orden que resulta de la unión, y que deje subsistir la distinción, á pesar
de la subordinación.
Yo pregunto: ¿Absorbe acaso la
Iglesia a la familia cuando aquello guía al padre para hacerle conocer y
practicar todos sus deberes de jefe de familia! Pues lo mismo sucede con el
Estado: la Iglesia dirigiendo el poder civil y político para hacerle cumplir la
voluntad de Nuestro Señor Jesucristo, y procurar de este modo la salvación de
las almas, no usurpa en manera alguna ningún derecho del Estado; hace su deber,
como el Estado hace el suyo prescribiendo a los ciudadanos y a las familias lo
que es conducente a la prosperidad común.
Santo
Tomás hace comprender de un modo admirable este orden y estas relaciones por
una comparación muy justa o ingeniosa. “Cada
Estado, dice, se parece a uno de los muchos navíos que componen una escuadra,
todos los cuales, bajo el mando del navío almirante, navegan de conserva para
llegar al mismo puerto. Cada navío tiene su capitán, su piloto; este, aun
cuando mande sobre el suyo, no por esto es independiente. Para quedarse en el
puerto que debe ocupar, le es preciso maniobrar siempre según las señales del
almirante, para dirigir su navío al término final de la navegación."
El navío almirante es la Iglesia,
guiada por el Soberano Pontífice, Vicario de Jesucristo y encargado por este de
enseñar a todas las naciones y dirigirles por el camino de la salvación. Docete omnes gentes. Los Soberanos
temporales son los pilotos, los capitanes de cada uno de los navíos de la
escuadra católica. Estos tienen obligación en conciencia de facilitar la
salvación eterna de sus respectivos súbditos, ayudando a la Iglesia á salvar
las almas, y apartando los obstáculos que pudieran estorbar su misión
espiritual. El Papa es, solo el Papa, quien, como Jefe de la Iglesia, les hace
conocer lo que deben hacer en este punto. La Iglesia, pues, no absorbe ni el
Estado ni la familia, con su dirección religiosa; muy al contrario, ello
fortalece la autoridad del Soberano temporal, así como la del padre de familia,
santificándolas e impidiéndolas separarse de Dios.
El poder civil, aunque dependiente
bajo este punto de vista, conserva, bajo todos los demás, una independencia
completa. Una vez salvado el principio superior de la obediencia a la ley
divina y a todas las demás leyes religiosas promulgadas por la Iglesia, el
poder civil puede, con toda libertad, formar todas las leyes que quiera,
adoptar cualesquiera regla de política, tomar cualesquiera forma de gobierno,
según lo crea más conveniente al bien general de la nación: en una palabra, es
único dueño en su casa.
Otro tanto debe decirse del
padre de familia, relativamente al Estado. Que haga todo lo que quiera, que
eduque y dirija a sus hijos a su gusto; ni el Estado ni la Iglesia tendrán nada
que decirle por ello, siempre que sean respetadas por él las leyes de Religión
y las del país. Solamente a este precio hay orden, tanto en la familia, como en
el Estado, como en la Iglesia.
“¿Pero;
es acaso el Estado un niño que necesita la dirección de la Iglesia para conocer
la ley de Dios? ¿No tiene acaso su razón y su conciencia?” Seguramente que el Estado tiene su razón y su conciencia;
pero estas no le bastan, lo mismo que al padre de familia, para practicar la
ley de Dios en toda su extensión. Efectivamente, esta ley no es una ley puramente natural; es además, y sobre todo,
revelada y positiva; y para conocerla, precisa es la fe, así como para practicarla
es precisa la gracia. Y en este punto solamente la Iglesia está encargada de
derecho divino para dar la una y la otra al mundo. A ella solo se le dijo:
“Recibid el Espíritu Santo; id, enseñad a
todas las naciones; el que os escucha, me escucha; el que os desprecia, me
desprecia; yo mismo estaré con vosotros hasta la consumación de los siglos.”
Estas palabras se aplican tan
directamente a las sociedades humanas, como a cada hombre en particular. ¿Qué
es, en efecto, la sociedad civil sino la extensión numérica de la familia y del
individuo? El Estado, hecha abstracción de los individuos de que se compone, no
es nada, y por esta razón el deber religioso de los individuos y de las familias
es el mismo que tiene el Estado, a un grado superior. El Estado debe, pues, no solamente ser religioso en general, sino que
debe ser cristiano, debe ser católico, debe recibir la enseñanza de la ley
divina de los Pastores de la Iglesia, para el bien público, como para el bien
particular; debe ser enseñado.
La
razón natural y la conciencia no bastan, pues, al soberano temporal y al padre
de familia para conocerla voluntad de Dios; y con respecto a la Iglesia, la
humanidad queda siempre en el estado de infancia. Por este dijeron siempre los
siglos cristianos: Nuestra Santa Madre la Iglesia. Y por esto también los
mismos Soberanos llaman al Jefe de la Iglesia: Nuestro Santo Padre, el Papa.
“¡Pero
el Estado es un poder seglar!”
Verdad es; pero ¿qué significa seglar, sin Religión? Todo el mundo conviene en que el objeto directo del poder civil es la
prosperidad temporal de sus súbditos pero este deber está subordinado a otro
deber mucho más grave y más elevado, y es la cooperación indirecta a la obra de
la Iglesia, que es la salvación eterna de estos mismos súbditos. Precisamente porque el Estado es seglar,
debe sujetarse a la dirección religiosa de los Pastores de la Iglesia, que son
los únicos que recibieron de Dios el encargo de regir las conciencias.
“Pero ¿no es el poder de la Iglesia puramente espiritual?” Sin duda
que sí; y por esto la dirección que el
Estado debe recibir de la Iglesia es una dirección puramente espiritual, es
decir, limitada al punto de vista de la conciencia. La Iglesia dirige
solamente los Soberanos y los pueblos, así como las familias, para hacerles
practicar a todos la ley divina, la Religión cristiana, la justicia; en fin, el
orden moral. Solamente bajo este punto
de vista, que es todo espiritual, todo religioso, es que ella manda y condena.
“¿Todo es, pues, espiritual?" No, lo espiritual sobre la tierra es todo lo que interesa a la salvación de
las almas; esta es la verdadera noción de lo espiritual, que ha sido
alterada en una multitud de entendimientos. Todas las veces que se nos ponen trabas en la obra de salvación, se
perturba nuestro interés espiritual y eterno. El poder temporal nunca debe, ni directa ni indirectamente, molestar
nuestro bien espiritual bajo pretexto alguno de interés político; nunca debe
estorbarse el ejercicio del ministerio de le Iglesia encargada de guardar este
interés supremo. Obrando en el orden puramente temporal, y aun puramente material,
el poder temporal puede contrariar la Religión en sus prácticas las mas santas,
y por consiguiente en su acción toda espiritual y sobrenatural. Ejemplos: si el
poder civil distrajera las Iglesias del destino que tienen, bajo pretexto que
son edificios materiales; si prohibiese a los sacerdotes el uso de las cosas
temporales que les son necesarias para el culto divino y para la administración
de los sacramentos, el agua, aceite, pan y vino, etc.; si, bajo el pretexto de
servicio del Estado, separase de los fieles los sacerdotes que dependen de él,
como ciudadanos; si violara la clausura de los monasterios, aunque estos sean
por otra parte casas como las demás; si interrumpiera las relaciones necesarias
de los Obispos, Sacerdotes y fieles con el Jefe de la Religión, con el Papa,
aunque bajo el punto de vista temporal el Papa no es mas que un Soberano
extranjero: si promulgara leyes civiles, reglamentos políticos, que estuviesen
en contradicción con los derechos de la Iglesia; si introdujera en la educación
pública, en la que él sin embargo tiene un interés inmediato, elementos
anticristianos, ya como doctrina, ya como práctica; si permitiera a la prensa atacar
la fe, las costumbres, a la Iglesia, aunque la prensa sea una industria toda
material, etc., ¿no es evidente que obrando así, y sin parecer salir de lo
temporal, el Estado tocaría directamente a la misma esencia de lo espiritual?
Aplicad el mismo principio al
padre de familia, si, relativamente a su mujer, sus hijos, sus servidores,
hiciera algo por el estilo, en cuanto al ayuno, por mas que esto parezca una
cosa puramente de cocina; en cuanto al descanso del domingo; en una palabra, en
cuanto á todo lo que puede perjudicar el bien espiritual de las almas.
Todo
lo que no tiene relación con lo espiritual, la observancia de le ley divina y
la santificación de los hombres, pertenece al dominio exclusivo del Estado y de
las familias. Es muy importante esta distinción de lo espiritual y de lo
temporal.
“Pero, en cuestiones dudosas; ¿cuál
de los dos deberá decidir?” “¿Deberé ser el Estado o la Iglesia?" Evidente
es que deberá ser el poder do orden mas elevado. La misión divina de la Iglesia seria ilusoria si no estuviese infaliblemente
asistida por Dios, para conocer con seguridad lo que constituye su objeto.
En un conflicto entre la autoridad del Estado y la del padre de familia, ¡no debe
acaso prevalecer la primera? ¿no prevalece siempre? ¿no es ella acaso de un
orden intrínseco superior? Sin duda alguna el
poder inferior debe someterse siempre, y el Estado es quien en las cosas civiles
determina solo y soberanamente su competencia. Y, sin embargo, en derecho
no es infalible. Aplicad este mismo razonamiento tan sencillo a las relaciones
de la Iglesia con el Estado, y con todo
lo que llevamos dicho será fácil sacar la consecuencia, sobre todo si se
considera que la Iglesia, en todo lo que
enseña, es infalible, de hecho y de derecho.
“Pero sabe V. que dan un poder
inmenso á la Iglesia” No soy yo quien se le doy. Es el mismo Dios, dueño de sus dones y Supremo Señor de la humanidad.
El ha organizado el mundo en esta triple sociedad que acabamos de especificar;
El lo ha dispuesto así para nuestro mayor
bien; y pueblos é individuos príncipes y súbditos, sacerdotes y seglares,
debemos someternos todos al orden que su Providencia nos ha impuesto.
Los
hombres que de buena fe quieren separar la Iglesia del Estado, y el Estado de
la Iglesia, no saben que violan directamente el orden establecido por Dios,
faltando a la enseñanza formal de la Iglesia sobre esta materia. “Esta unión, dice el Papa Gregorio XVI, ha
sido siempre saludable para los intereses de la sociedad religiosa y de la
sociedad civil."
Estos
hombres ignoran además que toman parte en los perversos fines de la Revolución. Aislar la Iglesia, echarle poco á poco fuera de la sociedad, debilitar
su acción sobre el mundo, volver llevar al estado de poder invisible, como en
los días de las catacumbas; constituir el poder temporal dueño absoluto de la tierra
por la propiedad, de la inteligencia por la doctrina, y de la voluntad por la
ley; anonadar de este modo el grande hecho social del cristianismo, la división
jerárquica de los poderes: tal es, para cualquiera que sabe leer, la idea
dominante que la Revolución trata de realizar hace mas de sesenta años. Con
otras palabras: “sustituir al reinado de
Dios y de Jesucristo, el reinado absoluto del hombre, este ha sido y es su
perenne objeto."
La
Iglesia no debe ni puede ser separada del Estado, ni el Estado de la Iglesia; y
el estado revolucionario, tal cual lo entiende la Asamblea de 89, y tal cual lo
entienden desde entonces todos los revolucionarios, es una creación formalmente
opuesta a la voluntad de Dios, y que puede echarnos a todos fuera del camino de
la salvación.